Con el IPC de octubre, se actualizan el piso, la exención por la vivienda y las alícuotas de Bienes Personales, y la tabla de Ganancias para sociedades.
Cada mes de octubre, con la publicación del índice de inflación, se conoce quién pagará Impuesto sobre los Bienes Personales y quién quedará exento por la casa habitación para el impuesto a pagar en 2024. A continuación, se publican las tablas con las alícuotas, que también se actualizan.
Cómo quedan los límites para Bienes Personales a pagar en 2024
Al tomar la variación del IPC operada entre los meses de octubre de 2022 y octubre de 2023, la indexación de los montos de Impuesto sobre los Bienes Personales será del 142,66% aproximadamente, calcula Mastragostino, Mastragostino, gerente del Departamento Tributario del Estudio Bertazza, Nicolini, Corti y Asoc.
Si bien la AFIP aún no publicó los nuevos importes, teniendo en cuenta las pautas indicadas, para el período fiscal 2023 el mínimo no imponible general sería de $27.377.408,28 (antes, $11.282.141,08) y el correspondiente al inmueble destinado a casa habitación sería de $136.887.041,42 (antes, $56.410.705,41), precisa.
En síntesis, los contribuyentes que posean bienes gravados –excepto participaciones societarias- cuya valuación según las normas del tributo no supere la suma de $27.377.408,28 no deberían ingresar el impuesto, remarca.
Cuál es el techo para que la casa habitación esté exenta
Con relación al mínimo no imponible vinculado al inmueble destinado a casa habitación, es importante tener presente lo indicado oportunamente por la Dirección Nacional de Impuestos en el Dictamen 36005993/2020 del 03/06/2020. A través del mismo, la AFIP aclaró lo siguiente:
- Si el valor del inmueble destinado a casa habitación inferior al importe previsto en el segundo párrafo del artículo 24 de la ley del tributo (para el período fiscal 2023 sería $136.887.041,42), el valor a consignar será cero.
- El excedente del mínimo no imponible no utilizado no podrá computarse contra ningún otro inmueble, ya que dicho valor se computa solamente contra el inmueble que tiene ese destino.
Por el contrario, si el valor del inmueble destinado a casa habitación es superior a $136.887.041,42, el excedente pasará a formar parte del resto de los bienes y se utilizará para el cómputo de los "bienes del hogar" y, en su conjunto, se aplicarán contra el mínimo no imponible de $27.377.408,28 vigente para el período fiscal 2023, subraya.
Cuáles son las escalas que se aplicarán para el período 2023
Las alícuotas del Impuesto sobre los Bienes Personales varían si se trata de bienes en el país o el total de bienes si el contribuyente decide repatriar, o bienes en el exterior, caso en que las tasas se incrementan, según las siguientes tablas:
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